
Hogan Lovells 2024 Election Impact and Congressional Outlook Report
La carga de la prueba puede revertirse al presunto agente contaminante.
No se exige prueba fehaciente del daño: bastan indicios razonables.
El daño ambiental es continuo, permanente y progresivo.
La protección ambiental y de la salud no puede supeditarse a criterios económicos.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido nuevas tesis que redefinen la forma en que se prueban, valoran y sancionan los daños al ambiente en México. Los criterios fortalecen la aplicación de los principios precautorio e in dubio pro natura, aligeran la carga probatoria para las víctimas y limitan el peso de consideraciones económicas frente al derecho constitucional a un medio ambiente sano y a la salud. Estas decisiones impactan tanto la estrategia de litigio, como las obligaciones de cumplimiento para empresas con actividades potencialmente riesgosas para el entorno.
En su sesión privada del 9 de julio de 2025, la Primera Sala de la SCJN aprobó cuatro tesis publicadas el 8 de agosto de 2025, que conforman una línea doctrinal sobre responsabilidad por daño al ambiente. Entre ellas, se destacan las siguientes consideraciones del alto tribunal:
Reversión de la carga de la prueba: en casos de daño ambiental, la persona juzgadora puede trasladar la carga probatoria a la parte demandada, usualmente el presunto agente contaminante, dada su posición privilegiada para acreditar el cumplimiento normativo y la ausencia de conducta ilícita.
Estándar probatorio flexible: no se requiere demostrar un daño concreto y plenamente mensurable; basta con información o indicios suficientes para advertir razonablemente un efecto adverso vinculado a la conducta reclamada.
Naturaleza del daño ambiental: el daño se caracteriza por ser continuo, permanente y progresivo, lo que implica que sus efectos se prolongan y agravan con el tiempo. Esto influye en el cómputo de plazos y en la valoración judicial.
Prevalencia sobre criterios económicos: la protección del derecho a un medio ambiente sano y a la salud pública no puede condicionarse a evaluaciones costo-beneficio, ya que tiene un valor intrínseco y es un mandato constitucional.
Estos precedentes obligatorios fortalecen la protección ambiental y pueden modificar sustancialmente la estrategia de defensa y prevención en empresas sujetas a regulación ambiental. Las tesis resaltan la importancia de contar con evidencia documental y técnica que acredite el cumplimiento normativo, así como de implementar programas de gestión ambiental robustos para mitigar riesgos legales.
Escrito por Mauricio Llamas y Sofia de Llano.
A la luz de estos nuevos criterios, las empresas y organizaciones con actividades potencialmente riesgosas para el medio ambiente enfrentan un umbral probatorio distinto y mayores exigencias para acreditar su diligencia. Por ello, resulta indispensable ajustar políticas internas, documentación técnica y estrategias de defensa para alinearse con la línea doctrinal de la SCJN y reducir el riesgo de sanciones o condenas por responsabilidad ambiental.